Industria de autopartes continúa actividad: INA – ClautEdoMéx Redacción Auto Motores

Con relación a las características del “semáforo epidemiológico”, reiteradas y acordadas el viernes último por Claudia Sheinbaum Pardo, jefa de gobierno de la capital del país y Alfredo del Mazo Maza, gobernador del Estado de México, como medidas apremiantes de protección a la salud para disminuir la curva de contagios, derivado de que ambas entidades se reiteran en alerta de emergencia por COVID–19, el presidente de Industria Nacional de Autopartes, INA, Óscar Raúl Albin Santos Guajardo, detalla que dado que la empresas fabricantes de autopartes están catalogadas como “esenciales”, pueden seguir operando como lo hacen habitualmente.

En tal sentido también concuerda Elisa Crespo Ferrer, presidenta del Clúster Automotriz del Estado de México, ClautEdoMéx, con base en lo emitido el viernes 18 de diciembre en el periódico oficial del gobierno del Estado de México.

No obstante se manifiesta que las personas físicas o morales titulares o responsables de las actividades señaladas como esenciales ,deben cumplir de manera estricta las siguientes medidas de protección a la salud, así como las generales y específicas establecidas para cada sector, consultables en el siguiente enlace electrónico: https://medidassanitarias.covid19.cdmx.gob.mx/

1.-Uso obligatorio de cubrebocas en todo momento para el personal y asistentes durante su permanencia en las instalaciones.

2.- Colocar filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura al ingreso del personal, proveedores y clientes. No se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura mayor a 37.5º C.

3.- Mantener la sana distancia de 1.5 metros entre personas.

4.- Desinfectar constantemente las superficies y objetos con las que las personas tengan contacto, así como las demás áreas de uso común.

5.- Habilitar y definir sentidos de circulación para la entrada y salida.

6.- Colocar en la entrada y espacios de uso común, dispensadores de gel antibacterial con 70% de alcohol.

7.- Privilegiar la ventilación natural. De no ser posible, el sistema de ventilación sólo podrá operar con inyección de un mínimo de 40% del exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida. Realizar frecuentemente la desinfección y limpieza de filtros.

8.- Los establecimientos mercantiles cuya actividad se encuentre considerada como esencial y cuenten con una plantilla presencial de 100 o más personas por cada centro de trabajo, deberán realizar a su costa y de manera quincenal, pruebas rápidas de antígeno, o bien, en RT-PCR de reacción en cadena de la polimerasa, para la detección del virus SARS-CoV-2, mismas que deberán ser aplicadas en los laboratorios clínicos o lugares autorizados para realizar pruebas COVID-19 en la Ciudad de México, a por lo menos el 10% de la totalidad de dicha plantilla, ya sea de forma individual o grupal, en los términos previstos en ordinal DÉCIMO TER de los Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, publicado el 11 de diciembre de 2020 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

9.- Implementar el “Sistema para la identificación de Espacios Cerrados QR”, en los términos del ordinal CUARTO del Trigésimo Primer Aviso por el que se da a conocer el color del Semáforo Epidemiológico de la Ciudad de México, se establecen diversas medidas de protección a la salud que deberán observarse derivado de la Emergencia Sanitaria por COVID-19 y se modifican los Avisos Décimo y Trigésimo por los que se dio a conocer el Color del Semáforo Epidemiológico de la Ciudad de México, publicado el 20 de noviembre de 2020 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

10.- Tomar temperatura a los empleados diariamente. En caso de ser mayor a 37.5° C, deberán mandar a cuarenta al trabajador por 15 días con resguardo domiciliario, así como aquéllos con los que tuvo contacto estrecho y dar aviso inmediato a las autoridades de la Ciudad de México, a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) o de las herramientas digitales disponibles (SMS, sitio web), a fin de que la autoridad dé seguimiento y ordene las medidas sanitarias que deba tomar el establecimiento para la contención y control de contagios.

 

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